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PROGRAMA KIT DIGITAL COFINANCIADO POR LOS FONDOS NEXT GENERATION (EU) DEL MECANISMO DE RECUPUERACIÓN Y RESILIENCIA

Ayuda para digitalizar tu empresa Kit Digital

megafono aplicaciones seguras

¿Qué es la Ayuda del Kit Digital?

El Kit Digital es una ayuda puesta en marcha por el Gobierno de España para subvencionar la implantación de soluciones digitales en pymes, micropymes y autónomos. Su objetivo es conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital de las empresas.
Ofrece 12 soluciones digitales orientadas a las necesidades de pequeñas empresas, microempresas y autónomos de cualquier sector y tipo de negocio.
Son ayudas a fondo perdido.
La empresa beneficiaria no tiene que pagar los servicios al Agente Digitalizador en ningún momento, Red.es será quien realice el pago.
La empresa beneficiaria no tiene que adelantar nada, tan solo tendrá que pagar el IVA correspondiente, una vez terminado el trabajo.

Segmentos y Categorías

Solicita sin compromiso tu bono digital para mejorar tu negocio en cualquiera de estas categorías:

Segmento I
Empresas y autónomos
de 10 hasta 49 trabajadores.
Importe máximo de la ayuda:
12.000€.
Plazo abierto:
Del 15 de Marzo 2022 al 15 de Marzo de 2023.
Segmento II
Empresas y autónomos
de 3 a 9 trabajadores.
Importe máximo de la ayuda:
6.000€.
Plazo abierto:
Del 2 de Septiembre de 2022 al 2 de Septiembre de 2023.
Segmento III
Empresas y autónomos
de 1 o 2 trabajadores.
Importe máximo de la ayuda:
2.000€.
Plazo abierto:
Del 20 de Octubre de 2022 al 20 de Ocyubre de 2023.
Sitio Web y presencia en internet
Categoría: Sitio Web y presencia en internet
Creación de una página web para la pyme y la prestación de servicios para el posicionamiento básico en internet.

Segmento I: 2.000€

Segmento II: 2.000€

Segmento III: 2.000€

Comercio Electrónico
Categoría: Comercio Electrónico
Creación de una tienda online de compraventa de productos y/o servicios empleando medios digitales para su intercambio.

Segmento I: 2.000€

Segmento II: 2.000€

Segmento III: 2.000€

Gestión de Redes Sociales.
Categoría: Gestión de Redes Sociales
Promoción de la empresa beneficiaria en redes sociales.

Segmento I: 2.500€

Segmento II: 2.500€

Segmento III: 2.500€

Gestión de Clientes
Categoría: Gestión de Clientes
Digitalizar la gestión de las relaciones comerciales con los clientes.

Segmento I: 4.000€
(3 usuarios)

Segmento II: 2.000€
(1 usuario)

Segmento III: 2.000€
(1 usuario)

Business Intelligence y Analítica
Categoría: Business Intelligence y Analítica
Explotación de datos de la empresa para mejorar el proceso de toma de decisiones.

Segmento I: 4.000€
(3 usuarios)

Segmento II: 2.000€
(1 usuario)

Segmento III: 1.500€
(1 usuario)

Gestión de Procesos
Categoría: Gestión de Procesos
Digitalizar y automatizar procesos operativos y productivos de la empresa.

Segmento I: 6.000€
(10 usuarios)

Segmento II: 2.000€
(3 usuarios)

Segmento III: 500€
(1 usuario)

Factura Electrónica
Categoría: Factura Electrónica
Digitalizar el flujo de emisión de facturas electrónicas.

Segmento I: 1.000€
(3 usuarios)

Segmento II: 1.000€
(3 usuarios)

Segmento III: 500€
(1 usuario)

Servicios y Herramientas de Oficina Virtual
Categoría: Servicios y Herramientas de Oficina Virtual
Implantar soluciones interactivas para mejorar las funcionalidades entre trabajadores y empresa.

Segmento I: 250€/usuario
(hasta 48 usuarios)

Segmento II: 250€/usuario
(hasta 9 usuarios)

Segmento III: 250€/usuario
(hasta 2 usuarios)

Comunicaciones Seguras
Categoría: Comunicaciones Seguras
Proporcionar seguridad en las conexiones entre los dispositivos de trabajadores y empresa.

Segmento I: 125€/usuario
(hasta 48 usuarios)

Segmento II: 125€/usuario
(hasta 9 usuarios)

Segmento III: 125€/usuario
(hasta 2 usuarios)

Ciberseguridad
Categoría: Ciberseguridad
Proporcionar seguridad básica y avanzada para los dispositivos de los empleados de la empresa.

Segmento I: 125€/usuario
(hasta 48 dispositivos)

Segmento II: 125€/usuario
(hasta 9 dispositivos)

Segmento III: 125€/usuario
(hasta 2 dispositivos)

Presencia avanzada en Internet
Categoría: Presencia avanzada en Internet
Prestación de funcionalidades para mejorar el posicionamiento, aumentar el alcance y el tráfico en internet hacia su web.

Segmento II: 2.000€
(hasta 9 dispositivos)

Segmento III: 2.000€
(hasta 2 dispositivos)

Marketplace
Categoría: Marketplace
Dirigir las referencias/productos de la empresa para ayudar a la marca a incrementar su nivel de ventas y optimizar recursos.

Segmento II: 2.000€
(hasta 9 dispositivos)

Segmento III: 2.000€
(hasta 2 dispositivos)

¿Qué es el KIT DIGITAL?

Son ayudas aprobadas por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y enmarcadas en los fondos europeos 'Next Generation EU' para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y autónomos.
Se trata de la mayor apuesta económica lanzada por el Gobierno de España hasta la fecha, destinada a digitalizar a las PYMES y autónomos de cualquier sector, con más de 3.000 Millones de € a fondo perdido.
Cuál es el total de la cuantía?
3.067 millones de euros en Bonos.
  • Para empresas del Segmento I
    (entre 10 y 49 trabajadores)

    Bonos de hasta 12.000€ por beneficiario.

  • Para empresas del Segmento II
    (entre 3 y 9 trabajadores)

    Bonos de hasta 6.000€ por beneficiario.

  • Para empresas del Segmento III
    (entre 0 y 2 trabajadores)

    Bonos de hasta 2.000€ por beneficiario.

Ya se han concedido más de 26.200 ayudas.
Hasta la fecha, el programa Kit Digital ya ha concedido más de 22.000 Bonos a empresas y autónomos del Segmento I y más de 4.200 Bonos al Segmento II. Esto supone que más del 35% de las pymes solicitantes, ya disponen del Bono Digital para consumirlo en las soluciones que necesiten.

¿Quieres solicitar tu Bono Digital?

¡Hacemos gratis la solicitud por ti! Solo tienes que seguir estos pasos:

1. Rellena este formulario de contacto y te llamamos en breve.

2. Registra tu empresa en AceleraPyme

3. Inicia sesión en AceleraPyme y haz el ‘Test de diagnóstico digital’. Son 13 sencillas preguntas que te llevarán 5 minutos.

4. Confírmanos que has hecho el Test y procedemos a tramitar la solicitud de tu Bono Digital.

Preguntas Frecuentes

01. Requisitos

Pymes, micropymes y autónomos de 0 a 49 empleados, con al menos 6 meses de antigüedad, que cumplan los requisitos que exige la convocatoria.

  • Tener condición de pyme, microempresa o autónomo.
  • Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
  • Contar con una antigüedad mínima de 2 años y estar en situación de alta.
  • No estar considerada empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común. o No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas mínimas.

Los Agentes Digitalizadores adheridos al programa, las empresas con más de 49 trabajadores, las empresas públicas, los colegios profesionales, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica que carezca de personalidad jurídica.
02. Cuánto, Dónde y Cómo

Se puede solicitar un máximo de 12.000€ para empresas y autónomos del Segmento I. Hasta 6.000€ para el Segmento II y hasta 2.000€ para empresas y autónomos del Segmento III.

En la sede electrónica red.es.
En el apartado Solicitud te indicamos todos los pasos a seguir.

Completa el formulario y te guiaremos en el proceso. Contactaremos contigo personalmente y tramitaremos la solicitud de tu Bono Digital por ti de forma totalmente gratuita.

Los Bonos están siendo concedidos a partir de un mes desde que se realiza la solicitud. Una vez el Bono esté concedido, la empresa beneficiaria dispone de 6 meses para la formalización de acuerdos con el Agente Digitalizador.

Una vez emitida la factura, el beneficiario tiene que abonar el IVA al proveedor, pues los impuestos no están incluidos. El resto lo abona Red.es en la cuenta del Agente Digitalizador una vez digitalizada la factura y subida a red.es.
03. Segmentos

No, las empresas del Segmento I no pueden optar a ellas. Estas dos nuevas categorías están solo disponibles por ahora, para empresas y autónomos del Segmento II.

Para saber si tu empresa está dentro del Segmento I, debes hacer la media del total de los trabajadores de los 12 meses del año 2021, si el resultado es de 10 a 49, este es tu Segmento.
Pero para saber si perteneces al Segmento II, tendrás que hacer la media del total de trabajadores de los 12 meses inmediatamente anteriores a la aprobación de la convocatoria. De Septiembre de 2021 a Agosto de 2022. Si tu empresa suma de 3 a 9 trabajadores, estará dentro del Segmento II.

A ninguno, si la media de empleados de los 12 meses del año 2021 era inferior a 10 y la media de empleados en los 12 meses de entre Septiembre de 2021 y Agosto de 2022 es mayor a 9, la empresa no podrá acogerse a ninguno de los tres segmentos para optar al Bono Digital.
04. Autónomos

Si estás dado de alta como autónomo y junto contigo sumáis de 10 a 49 trabajadores en tu negocio, sí puedes solicitar el Bono Digital de 12.000€.

Sí, el autónomo cuenta como un empleado más para determinar el Segmento al que pertenece. Por ejemplo: Si en tu negocio eres autónomo y tienes 2 empleados, podrías pedir el Bono para el Segmento II de hasta 6.000€, ya que sumáis 3 trabajadores.
05. Obligaciones

El beneficiario así como en lo dispuesto en el Ordenamiento Jurídico general. En particular deberá: se obliga al cumplimiento de lo establecido tanto en las Bases Reguladoras, como en esta Convocatoria,
1. Cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Cumplir la normativa aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dentro del Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»), entre otras, al Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, a la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a las instrucciones específicas que, en aplicación y cumplimiento de la presente Convocatoria, dicte el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en materia de ejecución, seguimiento, pago de las ayudas, información y publicidad, justificación y control del gasto, y cualesquiera otras que resulten de aplicación.
3. Cumplir las obligaciones contenidas en las Bases Reguladoras, las que se determinen en la Convocatoria, las que figuren en la resolución de concesión de las ayudas y en las instrucciones específicas que, en aplicación y cumplimiento de las Bases Reguladoras y esta Convocatoria, dicte Red.es en materia de ejecución, seguimiento, pago de las ayudas, información y publicidad, justificación y control del gasto.
4. Comunicar a Red.es la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, para el mismo gasto subvencionable, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 17 de las Bases Reguladoras, tan pronto como tenga conocimiento de ello y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
5. Registrar en su contabilidad, en un código contable diferenciado, el detalle de todas las transacciones relacionadas con la actividad subvencionada. Asimismo, deberá disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como conservar las facturas y demás justificantes de gasto de valor probatorio equivalente y los correspondientes justificantes de pago y de la aplicación de los fondos recibidos. Este conjunto de documentos constituye el soporte justificativo de la ayuda concedida, garantiza su adecuado reflejo en la contabilidad de los beneficiarios y deberá conservarse durante un plazo mínimo de cuatro (4) años, a contar desde el vencimiento del plazo para justificar la ayuda.
6. Declarar a Red.es todas las ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso.
7. Formalizar los correspondientes Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos de conformidad con las Bases Reguladoras y la Convocatoria.
8. Entregar a Red.es la información necesaria para medir la contribución de la actividad subvencionada al correspondiente indicador establecido en el hito u objetivo correspondiente.
9. Atender a los requerimientos para evaluar el Nivel de Madurez Digital en cualquier momento una vez instaladas las soluciones.
10. Establecer medidas eficaces y proporcionadas para evitar el fraude en el cumplimiento de lo exigido por la normativa de subvenciones públicas, así como para impedir la doble financiación y la falsificación de la documentación.
11. Garantizar mediante declaración responsable el pleno cumplimiento de la normativa medioambiental vigente y del principio de «no causar daño significativo» (principio Do No Significant Harm –DNSH–), recogido en el Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, en todas las fases del diseño y ejecución de cada actuación de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021 y por el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. En todo caso, respetará los procedimientos de evaluación ambiental, cuando sean de aplicación, conforme a la legislación vigente, así como otras evaluaciones de repercusiones que pudieran resultar de aplicación en virtud de la legislación medioambiental.
12. Garantizar mediante declaración responsable que las actividades que se desarrollen en el ámbito de la presente Convocatoria no ocasionan un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales, según el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles mediante la implantación de un sistema de clasificación (o «taxonomía») de las actividades económicas medioambientalmente sostenibles. Se excluyen de la financiación, en la medida en que resulten aplicables a los conceptos en que se realice el gasto al que se destinan las presentes ayudas:
a) Actividades relacionadas con los combustibles fósiles, salvo en los casos debidamente justificados conforme con la Comunicación de la Comisión Europea 2021/C 58/01.
b) Actividades cubiertas por el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en las cuales se prevean emisiones equivalentes de CO2 que no sean sustancialmente inferiores a los parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos.
c) Compensación de costes indirectos del sistema de comercio de derechos de emisión.
d) Actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras y plantas de tratamiento biológico mecánico que impliquen un aumento de su capacidad o de su vida útil.
e) Actividades en las que la eliminación de desechos puede causar daños a largo plazo al medio ambiente.